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Generalidades

Por el presente acto e instrumento ‐ el cual complementa el contrato de arrendamiento de vehículo motorizado suscrito entre las partes con esta misma fecha (en adelante “el Contrato”) y se entiende incorporado al mismo para todos los efectos legales que correspondan – RH Rent a Car SpA., entrega en arrendamiento al arrendatario que suscribe ‐ ya individualizado en el Contrato ‐ quien acepta arrendar para sí, el vehículo cuya marca, modelo y demás especificaciones fueron singularizadas en el Contrato y Acta de Entrega, el cual forma parte del Contrato. Para todos los efectos legales los instrumentos que componen el arrendamiento son:

a) El Contrato.
b) Las Condiciones Generales de Contrato de Arrendamiento de Vehículos Motorizados.
c) Instrucciones Siniestro

Se deja constancia que el arrendador arrienda el vehículo al arrendatario sobre la base de que los datos que éste último ha proporcionado acerca de su identidad, edad, domicilio, aptitud física y psíquica, y posesión de licencia legal para conducir vehículos son verdaderos, válidos y vigentes. El arrendador se reserva todas las acciones civiles y penales que procedan en caso de que la individualización del arrendatario sea falsa o manifiestamente inexacta.

El Cliente declara recibir, al momento de la suscripción del contrato de arriendo, el referido vehículo en perfecto estado mecánico, de funcionamiento y carrocería según Acta de Entrega/Recepción Vehículo, con su equipo, accesorios y dispositivo electrónico denominado TAG o Televía habilitado y con la correspondiente placa patente, permiso de circulación, seguro obligatorio y revisión técnica, todos vigentes.

Al efecto, declara el arrendatario haber verificado que el vehículo arrendado cuenta con los accesorios necesarios según la normativa legal vigente, como así también lo detallado en la respectiva Acta de Entrega/Recepción Vehículo que el arrendatario ha firmado conforme al momento de arrendar el vehículo, siendo de responsabilidad del arrendatario exigir la entrega de la misma.

Requisitos de Arrendamiento – RH Rent a Car SpA.

Titulares y/o conductores adicionales del arriendo deben ser igual o mayor de 24 años.

El titular del arriendo debe garantizar obligatoriamente con su tarjeta de crédito, el cupo mínimo de garantía por arriendo es desde $ 600.000.- mil pesos chilenos y varia en base a la categoría en alquiler.

La garantía solo se puede realizar con tarjeta de crédito bancaria emitidas por una entidad bancaria o financiera asociada, autorizada dentro de sus términos y condiciones a dejar cupo en garantía.

La garantía se debe efectuar con la tarjeta física en forma presencial, las tarjetas de crédito virtuales, digitales o de prepago no son válidas para dejar como garantía del arriendo.

Restricciones al Conductor

Requisitos ciudadanos chilenos

Presentar cédula de identidad y licencia de conducir vigente por el periodo del arriendo.

Requisitos ciudadanos extranjeros

Presentar pasaporte o documento de identificación nacional y licencia del país de origen o internacional vigente. Esto aplica para extranjeros en calidad de turista en Chile.

Ciudadanos extranjeros que ya hayan tramitado la cédula de identidad chilena, para residencia y/o trabajo, deben de igual forma tramitar y obtener la licencia de conducir chilena. Los ciudadanos extranjeros con residencia en Chile, que se encuentren realizando trabajos temporales o permanentes y no se encuentren en calidad de turista, deben poseer licencia de conducir chilena.

No se acepta cheque o efectivo en garantía. El titular de la tarjeta de crédito debe ser el mismo titular de la reserva y contrato de arrendamiento, y debe estar presente en el momento del arrendamiento.

Conductor adicional

Se exigirá un cargo por conductor adicional, de tal modo que sólo podrán conducir el vehículo aquellas personas con el permiso de conducción válido, en regla. Pasajeros no identificados en el contrato de arriendo, quedarán fuera de las protecciones de la compañía de seguro.

Información de Arrendamiento y Garantías

Todos los arriendos requieren una garantía. El titular de la reserva debe garantizar el arriendo utilizando una tarjeta de crédito con un cupo mínimo de $ 600.000. El monto de la garantía dependerá de la cantidad de días y será retenido al momento del retiro del vehículo. La garantía se devolverá en un plazo máximo de 5 días hábiles a partir del día de la devolución del vehículo (el tiempo de liberación de la garantía podría variar dependiendo del banco emisor hasta en 15 días hábiles).

Solo se aceptan tarjetas de crédito bancarias y casas comerciales, no se aceptan tarjetas de prepago alojadas en plataformas virtuales. La garantía se deja con la tarjeta física en forma presencial, la tarjeta de crédito virtuales o digitales no sirven para dejar como garantía del arriendo.

En caso de haber registrado el Cliente su tarjeta de crédito, se entiende que acepta sin restricciones que se cargue a ésta, la garantía del arriendo, el pago de las rentas y gastos derivados del Contrato, incluyendo los montos por daños exentos de cobertura de seguros contratados.

No se aceptarán cheques ni otros documentos para garantizar el arriendo.

Los vehículos solo serán entregados al titular del alquiler.

La arrendadora queda autorizada para retener esta garantía aún después de vencido el contrato, mientras esté pendiente el cobro de conceptos adicionales de renta o no haya sido determinada su responsabilidad pecuniaria respecto a algún hecho. El arrendatario autoriza expresamente a la arrendadora para hacer efectiva total o parcialmente y sin más trámites la garantía, y disponer de ella con el fin de imputar al arrendatario al pago de las cantidades adeudadas por el arrendador, cuyo concepto tenga origen en el Contrato. En caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir las cantidades adeudadas el arrendador autoriza expresamente a la arrendadora para realizar una nueva retención en la tarjeta de crédito bancaria para satisfacer íntegramente la cantidad adeudada.

El pago de los saldos o sumas adeudadas podrá, perseguirse por vía extrajudicial o judicial, por personal dependiente de la arrendadora o por los dispuestos para el cobro y serán de cargo del deudor las costas de cobranza. A su vez podrán ser publicadas estas deudas en boletines comerciales. El Arrendador queda autorizado para retener y hacer efectivo este depósito de garantía mientras no haya sido excluido definitivamente, toda responsabilidad por estos conceptos. Sin perjuicio de lo anterior y con el solo propósito de pagar los conceptos antes referidos y obligaciones contenidas en las presentes condiciones generales de contrato, el arrendatario otorga poder especial e irrevocable, en los términos del Art.241 del Código, de Comercio a Compañía de RH Rent a Car SpA., para que por intermedio de cualquiera de sus apoderados actuando en su nombre y representación, pueda suscribir y completar un voucher o cupón de cargo de tarjeta de crédito con su respectivo código de autorización.

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 4 de la ley 19.628, el arrendatario autoriza expresamente al arrendador, para informar a un banco de datos personales o boletín comercial la mora o incumplimiento de las obligaciones pecuniarias del arrendatario expresadas en este contrato.

¿Que Incluyen las Tarifas RAC RH Rent a Car?

Tarifas incluyen

Tiempo y kilómetros (TyK): Corresponde a los kilómetros y tiempo de uso del vehículo durante el periodo de arriendo. No tendrá límites en cuanto a los kilómetros recorridos durante la duración del arriendo.

Un día de arriendo del vehículo considera 24 horas contabilizadas desde la hora de inicio del contrato.

2 horas de gracia sin recargo adicional: Contará a partir de la fecha y hora de devolución seleccionada al confirmar el arriendo del vehículo. Por cualquier entrega con un retraso superior a las 2 horas de gracia, se cobrará un 1 día completo de arriendo.

Para cualquier modificación a su reserva u alquiler, debe enviar un correo electrónico a contacto@rhrent.cl con anterioridad mínima de 24 Hrs a la fecha y hora de término del arriendo.

Seguro con deducible parcial de daños, colisión y robo/pérdida Total (CDW y DAT): Cubre los costos asociados con un deducible desde UF 20 + IVA en Siniestro Parcial y de hasta UF 80 + IVA en caso de robo y pérdida total, afecto a todas sus categorías y oficinas.

Daños considerados menores al deducible de UF 10, serán cobrados por tempario (Valor promedio mercado del accesorio) Conductor(es) adicional(es) debe ser debidamente registrados en su Contrato de arriendo o las coberturas quedarán habilitadas.

¿Qué no incluyen las Tarifas RAC RH Rent a Car?

Impuesto nacional IVA: 19%, se aplica sobre el total de la cuenta.
Peaje/free Flow/Tag/Toll: Cargo que corresponde sólo al tránsito real efectuado en autopistas urbanas e interurbanas (peajes / free Flow, TAG/TOLL), con un costo de $ 10.000 por día.

Combustibles

Los vehículos se entregan con una cantidad de combustible señalada en cada anta de entrega / recepción y deben ser devueltos de la misma forma, en caso de existir diferencias, el cobro aplicado por litro de combustible es de $ 2.100 + IVA.

En el caso de devoluciones con mayor combustible del entregado, RH Rent a Car SpA. no se hace responsable de devoluciones.

Devolución del Vehículo

El arrendatario deberá devolver el vehículo en las mismas condiciones en las que fue entregado, de acuerdo a lo indicado en el formulario de Entrega/Recepción, el cual es firmado por el arrendatario al momento de la recepción del vehículo.
Las diferencias que existan entre la entrega y devolución, que no estén cubiertas por las coberturas contratadas, serán cobradas al arrendatario de forma directa en su tarjeta de crédito.

El arriendo del vehículo durará exclusivamente el período que se señala en el Contrato, expirando en consecuencia el día y la hora que en él se expresa. Una vez finalizado el Contrato de arriendo el vehículo y sus ocupantes quedan exentos de todo tipo de coberturas de los seguros contratados, siendo de responsabilidad del arrendatario cualquier situación que pudiese ocurrir.

Días adicionales a los pactados en el contrato podrán ser cobrados a una tarifa mayor a la estipulada o tener una tasa de recargo. Si el arrendatario quisiera prolongar el plazo del arrendamiento, deberá notificar tal manifestación de voluntad en forma presencial, vía email desde su correo electrónico declarado al inicio del arriendo, al correo contacto@rhrent.cl o vía telefónica en cualquiera de las oficinas del arrendador, todo antes del vencimiento del plazo pactado. El arrendador se reserva el derecho de autorizar o de negar dicha prórroga. En caso que el arrendatario no obtenga la referida autorización, regirá la prohibición de uso aludida y nacerá la facultad del arrendador para denunciar la apropiación indebida y/o robo del vehículo.

Formalizada la autorización de la prórroga, ésta se entenderá como parte integrante del presente contrato. Se deja especial constancia que toda responsabilidad, cualquiera sea su naturaleza, que pudiera imputársele al arrendador, cesa y termina en forma absoluta en el día y hora de términos del contrato, toda vez que desde este momento deberá entenderse, sin necesidad de prueba, que el vehículo ha sido tomado no solo sin la autorización expresa o tácita del arrendador, sino contra su expresa voluntad.

No se realizarán devoluciones o compensaciones en caso de devolución con más combustible del entregado

Es responsabilidad del arrendatario retirar todos los elementos personales del vehículo y RH Renta Car no se hace responsable por el extravío o pérdida de éstos.

Si el vehículo se devuelve muy sucio o con olores fuertes impregnados, olor a cigarro, exceso de barro, pelos de animales, alimentos o líquidos derramados, que ensucien o manchen la tapicería, se efectuará un recargo por la limpieza del mismo.

Valores:

  • Limpieza Simple: UF 1 + IVA
  • Limpieza Severa: UF 2 + IVA
  • Limpieza Extrema: UF 3 + IVA

Disponibilidad

Todos los modelos están sujetos a disponibilidad de acuerdo a la temporada.

Responsabilidades

Al contratar el arriendo de un vehículo, el cliente se hace responsable de:
Conducir el vehículo arrendado al amparo de la licencia de conducir respectiva vigente, otorgada por las vías legales y por las autoridades competentes. No manejar el vehículo en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas y/o alcohol y, en general, respetar las leyes de tránsito vigentes en el país.

El cuidado del vehículo que arrienda, sus herramientas, piezas y accesorios, debiendo reembolsar el valor de los daños de cualquier naturaleza ocasionados al vehículo.

Reembolsar el valor del vehículo si éste es perdido, hurtado, robado u objeto de aprobación indebida, como consecuencia de alguna negligencia, descuido o cualquier otra causa imputable al cliente.

Pérdidas o daños que puedan sufrir los objetos, bienes o dineros que se encuentren al interior del vehículo arrendado, sean de propiedad del cliente o de terceros y que sean dejados por cualquiera de ellos en el vehículo.

Coberturas y Deducibles

Todas las coberturas mencionadas a continuación tendrán aplicación solo dentro del territorio chileno y no serán aplicables en caso de negligencia por parte del arrendatario y/o conductor del vehículo. Adicionalmente, las coberturas no son aplicables en caso de faltas y/o violaciones a la normativa de tránsito vigente en la República de Chile.

La tarifa base de arriendo incluye las Coberturas Básicas CDW + DAT, esto es:

CDW El vehículo arrendado cuenta con una cobertura CDW (Collision Damage Waiver) que cubre al vehículo en caso de daños propios, robo, incendio y daños por fuerza mayor. En caso de siniestro, aplican los siguientes cobros por cada evento ocurrido, los cuales aplican independientemente si el responsable del siniestro es el arrendatario o un tercero: En caso de colisión, el arrendatario deberá pagar un deducible que varía según la categoría en alquiler y va desde las UF 20 + IVA. En caso de volcamiento robo o pérdida total, el arrendatario deberá pagar un deducible de hasta UF 80 + IVA según la categoría en alquiler.

DAT (Cobertura daños a terceros): cobertura de hasta UF 500, si el monto de los daños es superior al tope, la diferencia debe ser asumida por el Arrendatario.

En caso de que el arrendatario haya causado daño al vehículo arrendado y daño tanto a bienes de terceros como a terceros, RH Rent a Car SpA., responderá según las siguientes coberturas: Responsabilidad civil por daño emergente hasta UF 500. Responsabilidad civil por daño moral hasta UF 500. Responsabilidad civil por lucro cesante hasta UF 500.

Los daños por mal uso o negligencias del arrendatario y/o agravamiento de daños, no están cubiertos por las coberturas antes indicadas.

Asistencia En Ruta

Se define como asistencia en ruta al soporte que entrega el arrendador al arrendatario ante un siniestro y/o accidente que pudiese tener el arrendatario. Dicho soporte considera: Reparación in situ del vehículo en condiciones de emergencia para que éste pueda continuar su viaje. De no ser factible la reparación se considera el servicio de grúa para transportar al vehículo y sus ocupantes a un lugar seguro o a una oficina de RH Rent a Car SpA. Las reparaciones in situ son: Carga o puente de batería, cambio de neumático (por el neumático de repuesto) y apertura de vehículos cerrados. Vehículo de reemplazo sujeto a disponibilidad de la sucursal más cercana. Dicho reemplazo debe ser coordinado por el arrendatario en horario hábil con la sucursal de origen del contrato. La asistencia en ruta no considera modificaciones de reservas, contrato o cambios comerciales. Para coordinar el servicio de asistencia se debe comunicar el arrendatario al teléfono expuesto en el Contrato.

El tiempo de demora de atención del servicio de grúa será sujeto a la distancia a la que se encuentre el vehículo, así como también será sujeto a la disponibilidad de grúas al momento del incidente.

El vehículo será reemplazado sin costo adicional al precio fijado cuando éste presente fallas mecánicas que no sean causados por negligencia o mal uso del arrendatario de acuerdo al contrato. Lo anterior estará sujeto a disponibilidad vigente de la arrendadora. Para que opere un reemplazo será requisito esencial que el conductor cumpla con lo dispuesto en la cláusula 15 de siniestros. En cualquier caso, que el vehículo resulte inoperativo producto de una conducción negligente o se haya infringido alguna de las prohibiciones de estas condiciones generales del contrato de arrendamiento de vehículos motorizados, se pondrá inmediatamente término al contrato sin reemplazar el vehículo, cobrando la tarifa hasta el día efectivo de su uso salvo reservas prepagadas, además de todos los costos y daños que resultaren del siniestro.

En caso de siniestro o desperfectos mecánicos, tomar contacto de inmediato al correo Siniestros@rhrent.cl En caso de ocurrir siniestro fuera de horario hábil, el arrendatario deberá llamar al teléfono de asistencia en ruta 24hrs (Reale), *1515 (desde celular), *600 60 73253 (desde teléfono fijo) o +56 9 92510055 (WhatsApp).

Procedimiento en caso de Siniestros

Ocurrido cualquier tipo de siniestro, se deben realizar los siguientes procedimientos:

En caso de no existir lesionados, se debe tomar contacto con RH Rent a Car SpA. en un plazo máximo de 10 horas de ocurrido el siniestro, entregar información de los hechos para recibir instrucciones sobre el procedimiento a seguir.

En caso de que existan terceros lesionados, es obligatorio acudir de inmediato a la comisaría de Carabineros de Chile más cercana a realizar la denuncia y dar aviso de inmediato al área de Siniestros de RH Rent a Car SpA.. Si los hechos ocurren fuera del horario de atención, deberá dar aviso de inmediato llamando a nuestro teléfono de asistencia en ruta +56 9 95387606 – Siniestros@rhrent.cl

Completar formulario de siniestro enviado por RH Rent a Car SpA.

Evitar hacer pagos ni acuerdos económicos entre vehículos involucrados, no realizar arreglos al vehículo por iniciativa propia, no darse a la fuga.

No se deben realizar transacciones o acuerdos con terceros, ya que constituyen causal de rechazo de cobertura de todos los seguros involucrados. En el caso de que se presentará dicha situación, el arrendatario deberá correr con la totalidad de los costos asociados a la reparación. El arrendatario deberá abstenerse de hacer declaraciones que comprometan en cualquier forma al arrendador. El incumplimiento de esta obligación hará responsable al arrendatario de los perjuicios que esta situación ocasione al arrendador, sin perjuicio de la denegación de la cobertura que en su caso se hubiere contratado.

Los vehículos serán ingresados solo a los talleres coordinados con RH Rent a Car SpA.

La constancia de carabineros y/o declaración jurada simple deberá realizarse independiente de si el arrendatario contrató o no seguros asociados con la empresa RH Rent a Car SpA. Chile. En el caso de que no se presente la declaración o constancia correspondiente RH Rent a Car SpA. o mediante correo electrónico contacto@rhrent.cl dentro de los plazos establecidos, se cobrará la totalidad de los daños al vehículo y a terceros, a la tarjeta de crédito del arrendatario. El costo del rescate del vehículo en caso de accidente no se encuentra incluido dentro de los seguros.

De haber terceros involucrados de cualquier tipo, se debe exigir toda la información de estos; Nombre, Rut, Patente de los vehículos involucrados, Marca – Modelo, Fonos, Compañía de Seguros, etc. De ser posible, es recomendable realizar un registro visual (Fotos) del lugar y vehículos involucrados.

Cooperar en la investigación y defensa de cualquier reclamo o proceso judicial y otorgar poderes a los abogados que designe RH Rent a Car SpA., debiendo el cliente hacerse cargo de los honorarios de estos últimos.

Si el arrendatario no cumple el procedimiento establecido previamente, se realizará el cobro de la totalidad de los daños, tanto del vehículo como de terceros, en la tarjeta de crédito indicada en el contrato de arriendo. Igualmente, dependiendo de las coberturas contratadas, se realizarán los cobros por siniestros.

Pérdida o extravío de la documentación del vehículo

En caso de pérdida o extravío de los documentos del vehículo (Permiso de Circulación, SOAP, Certificado de Homologación o Revisión Técnica se aplicará un cargo adicional de UF 0.5 + IVA.

Pérdida o extravío de la Placa Patente Única del vehículo o PPU

En caso de pérdida o extravío de 1 de las placas patentes del vehículo se aplicará un cargo adicional de UF 3 + IVA por cada placa en reposición.

Equipamientos Adicionales

Los servicios o equipos adicionales están sujetos a disponibilidad y tienen un cargo asociado.

RH Rent a Car SpA., no se hace responsable por los servicios o equipamientos adicionales que no hayan sido confirmados en la reserva, y no estén pagados en el precio del arriendo o incluidos en la tarifa del mismo.

Restricciones

1.- Utilizar el vehículo de forma lucrativa ya sea a través de subarriendos u otras formas de lucro. De incurrir en esta falta, RH Rent a Car SpA. iniciará recupero de la unidad a la brevedad con policía LOCAL.
2.- Conducir el vehículo fuera de las fronteras de Chile sin el previo y expreso consentimiento de RH Rent a Car SpA. u obteniendo el permiso internacional Argentina, Perú o cualquier otro país. No se permiten devoluciones de vehículos fuera del país.
3.- Utilizar el vehículo para arrastrar remolques sin el previo y expreso consentimiento de RH Rent a Car SpA.
4.- Participar directa o indirectamente en carreras, concursos o pruebas de seguridad, resistencia o velocidad.
5.- Permitir que el vehículo sea manejado por cualquier persona no autorizada, ni aún en forma ocasional.
6.- Destinarlo al transporte remunerado o al uso como vehículo de transporte público de pasajeros.
7.- Realizar en el vehículo reparaciones, alteraciones o modificaciones de cualquier tipo sin el consentimiento del arrendador.
8.- Destinarlos a usos distintos del estipulado o al transporte de carga o bultos pesados que excedan la capacidad máxima definida por el fabricante.
9.- Conducirlo bajo el efecto de drogas o estupefacientes, bajo la influencia del alcohol y menos aún en estado de ebriedad o sin portar todos los documentos y licencias exigidas por la autoridad; asimismo está prohibirlo al conductor del vehículo arrendado negarse a que se le practique el examen de alcoholemia u otro que corresponda, requerido por la autoridad competente.
10.- Subarrendar o ceder el arrendamiento o la posesión del vehículo, a terceros. En este caso el arrendatario responderá de los hechos de sus dependientes como propios y bajo cualquier circunstancia cuando el vehículo sufriere algún siniestro o causare perjuicio al arrendador o a terceros mientras es conducido por personas no autorizadas en la forma antedicha.
11.-. Manipular, remover o desmontar el Televía (TAG), pieza o accesorio del vehículo.
12.- Transitar por zonas o lugares que no sean caminos habilitados por las autoridades competentes. En el caso de vehículos de tracción simple queda prohibido el tránsito por rutas no asfaltadas o pavimentadas.
13.- Abandonar el vehículo en caso de fallas, siniestro o cualquier otra causa. En dicho caso, el arrendatario deberá coordinar el remolque del vehículo con el servicio de asistencia en ruta, haciéndose responsable de todos los gastos en los que se incurra por concepto de rescate.
14.- Cometer infracciones según la ley de tránsito chilena vigente.

Multas

Toda multa de tránsito atribuible al cliente será cargada a la tarjeta de crédito utilizada para garantizar el vehículo, aún cuando RH Rent a Car SpA., tenga conocimiento de éstas con posterioridad a la devolución del vehículo. En el caso de clientes corporativos, las multas serán facturadas a la compañía contratante (las multas pueden ser cobradas hasta 120 días desde la contratación del vehículo).

El arrendatario está obligado a realizar el pago de las multas de tráfico recibidas durante el arriendo. Si el conductor recibe una multa de tráfico durante el arriendo, se aplica una tasa de tramitación adicionalmente a la multa de tráfico. Tasa por permiso de circulación/ Tasa por utilización de carreteras.

El arrendatario se compromete y obliga a respetar rigurosamente las leyes y reglamentos del tránsito e instrucciones de la autoridad y sus agentes durante el uso del vehículo arrendado, asumiendo toda la responsabilidad por las sanciones, penas o multas por las infracciones del tránsito o de los reglamentos municipales o de otra autoridad competente en que incurra el arrendatario o bien cualquiera de los conductores autorizados y de los gastos que demande para el arrendador su pago. Para todos los efectos, inclusive aquellos eventos mencionados en los números anteriores, el arrendatario, autoriza en forma irrevocable al arrendador, para que con cargo a su tarjeta de crédito se efectúen transacciones de cargo demorado, correspondientes al valor de las multas por violaciones de leyes de tránsito cometidas durante el período de arrendamiento como los montos que deba pagar por concepto de daños al vehículo arrendado como a terceros. En aquellos casos en que el pago no se efectúe mediante tarjeta de crédito, los cargos por los conceptos indicados se realizarán en la facturación directa a la empresa o persona que arriende el vehículo, siendo ésta la responsable de su pago. Lo anterior puede ser cobrado hasta 2 años posteriores a la devolución del vehículo.

Cobertura robo de accesorios

Cubre robo, pérdida y/o destrucción de accesorios propios del vehículo, entendiendo como accesorio todo aquello que puede ser retirado del vehículo sin impedir su normal circulación dentro de las normas del tránsito vigentes. Por ejemplo, antena, Emblemas, tapa ruedas, Espejos etc.

Extras y Adicionales

Los accesorios se reservan sin compromiso y se obtienen según disponibilidad.

Asientos para bebés y niños

Asientos para bebés, asientos para niños y asientos elevados están disponibles por una tarifa. Su instalación en los vehículos alquilados es de completa responsabilidad del cliente.

Pérdida de la llave

En caso de pérdida de la llave del vehículo se factura una tasa según el grupo del Automóvil que va desde las UF 10 + IVA.

Limitaciones para el uso de carreteras

Los vehículos de arriendo sólo pueden ser conducidos sobre carreteras asfaltadas/ pavimentadas o en buen estado. Sólo se permite la conducción por carreteras no asfaltadas (p. ej. por la Carretera Austral) con vehículos todoterreno.

Entrega a domicilio

Contamos con servicio de entrega a domicilio del vehículo arrendado, tanto en un hotel, oficina o domicilio particular en la Región Metropolitana y Quinta Región. Este servicio tiene un cargo extras.

Estas “Condiciones Generales del Contrato de Arrendamiento de Vehículos Motorizados” junto con las “Condiciones Particulares del Contrato de Arriendo de Vehículos” y otros documentos anexos forman parte integral del contrato de arriendo, para todos sus efectos legales.